El proyecto aborda la mayoría de los artículos y temas habilitados a reforma. “Algunos puntos no fueron objetos de reforma, por motivos distintos: hay ciertos artículos que creemos que no merecen reforma -por ejemplo el artículo 112 de la Constitución-; y otros, porque la ley estableció un sentido con el cual no estamos de acuerdo -como por ejemplo, lo que tiene que ver con los artículos 106 y 107 de régimen y autonomía municipal-”, aclaró Emiliano Peralta.
Entrando en el espíritu del texto, Peralta explicó que “es un proyecto de Constitución tremendamente republicano en lo institucional, que en lo tributario es de carácter pro contribuyente y en aspectos sociales o culturales es de sentido común, al que a veces se lo tilda de conservador.”
En lo que hace a declaraciones, derechos y garantías el proyecto incorpora la neutralidad religiosa del estado, pero asegura la libertad religiosa, el derecho de ejercerla públicamente y en oficinas públicas y hace un reconocimiento a la labor histórica y actual de la Iglesia Católica y de otros credos.
También especifica un sistema tributario basado en la igualdad ante la ley y el principio de legalidad sin admitir delegación de facultades al ejecutivo, a la vez que prevé el principio de que no existe tasa sin contraprestación efectiva y prohíbe también la doble imposición (es decir, que impuestos municipales, provinciales y nacionales graven una misma cuestión).
Incorpora regulación sobre acción de amparo, hábeas data, derechos digitales y los derechos de
libertad de prensa, expresión y réplica.
En materia electoral, introduce ficha limpia como requisito para ejercer a cargos públicos y crea una
jurisdicción autónoma al Tribunal Electoral.
En lo que hace a los cargos electorales, limita todas las reelecciones a una sola vez y, para el caso del gobernador, se aplica para quien asuma en 2027.
“Es importante destacar también que todos los legisladores ya no tendrán inmunidad de arresto ni de proceso; es decir, el que comete un delito es investigado y puede ser arrestado como cualquier hijo de vecino. La única inmunidad que se deja, es la de opinión”, resaltó el Convencional.
Siguiendo con la Legislatura, elimina la posibilidad de acuerdos tácitos a nombramientos del ejecutivo (es decir, aquellos que son dados por el paso del tiempo ante el silencio de la legislatura) y fija el inicio de las sesiones el 1 de Marzo y su finalización el 30 de Noviembre con posibilidad de sesiones extraordinarias.
En lo que hace a justicia, crea un Consejo de la Magistratura encargado de la selección de jueces basado en tribunal examinador, antecedentes y méritos, “sin presencia de miembros del poder ejecutivo, para quitar a la política del medio” dijo Peralta y crea, como manda la Constitución Nacional, un “órgano extrapoder” para el Ministerio Público de la Acusación (es decir, los fiscales de la Provincia) fuera de la influencia de la Corte y del Poder Ejecutivo, pero respetando los derechos de los trabajadores del poder judicial que hoy se desempeñan en el Ministerio Público.
Por último, incorpora disposiciones sobre servicios públicos (eficiencia, transparencia y audiencias públicas), derechos de consumidores y usuarios, la protección del medio ambiente en armonía con el desarrollo económico y productivo y la defensa del reclamo imprescriptible e inclaudicable sobre la soberanía argentina en las Islas Malvinas y la Antártida Argentina.
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Proyecto Reforma Somos Vida y Libertad by romian03