Se trata de Alexis Maximiliano Ortiz del Barrio La Cortada a quien el fiscal Dr. Nicolás Maglier le imputó el delito de Tenencia con Fines de Comercialización. El hecho ocurrió el 30 de octubre en una requisa por parte de personal policial a Ortiz, cuando se le secuestró 47 envoltorios de cocaína , una balanza de precisión, un cuchillo, y una tijera. Cabe mencionar que en el momento de ser detenido Ortiz se trasladaba con su hermano menor de edad, quien deberá responder ante la fiscalía de menores.
Luego se realizó un allanamiento en la casa de Ortiz dónde se secuestró un celular y una Tablet. El fiscal pidió la prisión preventiva y la defensa pública Dra. Valeria Lapizonde la libertad con restricciones bajo la guarda de su madre. El juez Dr. Gonzalo Eduardo Basualdo dispuso la prisión preventiva sin plazos con la posibilidad de que la defensa pueda pedir una revisión en cuarenta días.
Habló el fiscal
“Cerca de la medianoche, en un procedimiento personal del GOT, detecta dos personas en un actuar sospechoso, por lo cual proceden a su identificación y realizan una requisa palparía sobre ellos, sobre los elementos que llevaban consigo, reportándose de dicha requisa, secuestro de 47, 46 envoltorios de una sustancia blanquecina, que en el test orientativo inicial preliminar da positivo para cocaína“, explicó el fiscal del caso.
Añadió que el test realizado por personal microtráfico que se constituyó a los fines justamente de determinar esta cuestión a título preliminar. “Se secuestró también una balanza de precisión, objetos de corte como un cuchillo, una tijera, anotaciones, etcétera“, reveló.
“A esa aprehensión yo la he convertido en una detención, y hoy miércoles por la mañana, la audiencia imputativa, se le atribuye este hecho que se califica provisoriamente como tenencia con fines de comercialización de material estupefaciente, que está contemplado en el artículo 5, inciso C de la ley 23.737, que es la denominada, llamada ley de drogas“, describió el Dr. Nicolás Maglier.
Dijo que hubo una actitud sospechosa que ameritaba indagar acerca de los elementos que llevaban consigo estas personas, imputados luego, “recordemos que fue traído a audiencia el mayor de edad, el menor queda para la fiscalía juvenil“, mencionó.
Sobre el entorpecimiento probatorio dijo que teniendo en cuenta la entidad de delito investigado y las características que necesariamente, por una cuestión natural, implican a terceras personas, “ya sean lo que tienen que ver con canales de aprovisionamiento, es decir, de dónde se obtuvo la droga por parte del imputado y su hermano menor de edad“, aseveró.
Manifestó que también está el destino de esa droga, “con testigos que, por definición, pertenecen a ese entorno en el cual fue producida la requisa, el secuestro y las aprehensiones, luego detenciones, por lo cual entendemos que debía ser resguardado el procedimiento para echar luz sobre estos extremos“, finalizó el Dr. Nicolás Maglier.






