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Causa Vicentin: “De la cuestión de fondo no he hecho ningún tipo de análisis de nada, solo resolví que la empresa pueda ser querellante”, sostuvo el juez Banegas 

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Este martes 3 de diciembre de 2024, entrevistamos en nuestro programa radial al juez penal, Santiago Banegas, quien aceptó que la empresa Vicentin sea querellante en el marco de una investigación por supuestos ilícitos para impedir el concurso de acreedores.

La presentación fue simplemente solicitando constituirse como querellantes. Este es un trámite que habitualmente se realiza directamente ante la fiscalía. La fiscalía le comunica al juez que acepta la presentación y si la acepta, digamos, y analiza el trámite“, explicó el magistrado.

En este caso en particular hubo oposición de los denunciados a la constitución de querellantes, entonces el planteo se judicializa, digamos. Y en lo único que consiste el trámite, lo único que yo resuelto aquí, es aceptar la participación como querellantes de los denunciantes, nada más“, añadió a su explicación.

Es decir, que pueden intervenir en el proceso como acusadores privados.

El juez quiso dejar claro que él no resolvió ni analizó sobre la cuestión de fondo, “porque de hecho hay un artículo en concreto, son dos artículos que hay que analizar en este tipo de casos, que son el 93 y el 94 del código procesal penal, que exigen requisitos mínimos para la participación como querellante“, describió.

Banegas sostuvo que quien solicitó ser tenido como querellante, manifestó haber sido ofendido penalmente por un delito de acción pública, “ese es uno de los requisitos que está en el 93, y después son todos requisitos formales como que el escrito tenga nombre y apellido, relación sustancial de hecho, cuestiones por el estilo nombre imputado, es ese control que se hace que es un control sumamente superficial, si se quiere o formal, que admite la presentación como querellante“, mencionó.

De la cuestión de fondo no he hecho ningún tipo de análisis de nada.

Respondió que ahora la empresa puede participar como querellante, “es un acusador privado que justamente hace eso, investiga y eventualmente acusa a la par del fiscal en este tipo de casos“, aseveró. Dijo que interviene el fiscal de distrito es un caso como cualquier otro delito de acción pública, “quien tiene la obligación de llevar adelante el caso es el de ejercer la acción penal, es el ministerio público de la acusación, en este caso ejercido a través del fiscal de distrito que corresponda“, concluyó.

Causa Vicentin: “De la cuestión de fondo no he hecho ningún tipo de análisis de nada, solo resolví que la empresa pueda ser querellante”, sostuvo el juez Banegas

 

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