La Dra. María Noel Severo, abogada de Bruno Luis Martínez quien está con prisión preventiva por un hecho de Homicidio Agravado por Ensañamiento y Alevosía. Caso ocurrido en enero del 2024 en el Asentamiento del barrio Guadalupe víctima su hijastra de tres años. Este podría ser el primer caso en resolverse en un juicio por jurado en la ciudad de Reconquista. Esta causa ya tuvo su audiencia preliminar de juicio y ahora apeló y pide el cambio de jurisdicción para la realización del mismo.
La defensora pública entiende que los medios de comunicación y declaraciones de testigos generaron una conmoción que impide la conformación de un jurado imparcial.
La fiscal Dra. Georgina Díaz se opuso al pedido de la defensa y lo mismo ocurrió con los abogados querellantes el Dr. Daniel Baralle y la Dra. Nair Degoumois, quienes se opusieron al pedido de la defensa de Martínez.
El juez de Cámara Dr. Eduardo Bernachia luego de escuchar a las partes comunico que la resolución estará dentro de los plazos que corresponden.
Habló la fiscal
“Es una apelación parcial realizada por la Dra. Severo, del Servicio Público de la Defensa Penal, quien representa al señor Bruno Martínez. y digo parcial porque oportunamente la audiencia preliminar había solicitado lo que es el cambio de jurisdicción en cuanto a la realización del juicio“, describió la Dra. Díaz.
En esa línea agregó que la defensa pública entiende que la conmoción social provocada por el hecho, “el comportamiento de vecinos del lugar y la declaración de ciertos testigos en lo que es un medio periodístico local, generaron una conmoción que impide la conformación de un jurado imparcial y que eso atentaría contra los derechos de defensa de su representado“, añadió.
Esta fiscalía y también la querella que representan a la progenitora de la víctima nos hemos opuesto a esta prórroga.
En ese sentido la fiscal recordó que la jueza la Dra. Norma Senn al resolver la audiencia preliminar ha manifestado que el juicio por jurado se va a realizar en esta jurisdicción y por jurados de esta jurisdicción. “Nosotros hemos manifestado que esa decisión es la correcta que nos oponemos a este cambio de radicación, que entendemos que es una excepción el cambio y que debe estar debidamente fundamentado y que esa fundamentación concreta es la que le da el fundamento al juez para que fundadamente disponga ese cambio de jurisdicción“, consideró la representante del MPA.
Sostuvo la fiscal que está pendiente aún lo que es la audiencia de selección de jurados, “es allí donde las partes vamos a poder interrogar a los potenciales jurados y en caso de entender que no tienen la posibilidad de decidir la causa con total imparcialidad, podrán recusarlo“, explicó.
“Es una de las causas, uno de los hechos que se encuadran en lo establecido en el artículo 2 de la ley de juicio por jurados. Debe ser juzgada por ese tribunal y es por eso de que estamos en esta etapa y discutiendo la conformación del jurado“, finalizó.







