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Comenzó el juicio oral y publicó para un policía por juego clandestino

juez gauna chapero

Se trata del personal policial, que hoy en día está en disponibilidad. Danilo Iván Barrientos, con domicilio en barrio 100 viviendas de Reconquista esta acusado de delitos  contra la Administración Publica (Juego Clandestino). Es juez el Dr. Martin Gauna Chapero. Representa al MPA el Dr. Nicolás Maglier, acompañado por dos asistentes del MPA.
Abogados defensores. Dr. Ricardo Ceferino Degoumois y el Dr. Ricardo Rubén Degoumois. Se comenzó con los alegatos de Apertura. Finalizada la primer etapa del juicio dará inicio la ronda de testigos.

Alegatos

Proponemos la acreditación cabal, más allá de toda duda razonable, de la plataforma fáctica, endilgada al acusado que se distribuye en cuatro hechos que en honor a la brevedad no voy a explicitar en forma integra“, desarrolló el fiscal en el inicio de su intervención.

También hizo uso de la palabra la Dra. María Macarena Olivera Abogada de fiscalía de Estado, quien es querellante en esta causa, “entendemos que fueron cometidos, entre otros, por el señor Iván Barrientos, configuran estos delitos contra la fe pública, el orden público, la administración y la propiedad“, consideró la profesional. Dijo que en cuanto a la explotación de los juegos de azar, esto constituye una fuente esencial de recursos para la provincia, “con un claro y decidido destino social, por lo que los juegos clandestinos en sí provocan no solamente que no se tributen distintos impuestos que graban tanto la propia actividad como los premios que se ofrecen, y que están sujetos al impuesto de sellos, a las rifas y tasas redistributivas de servicios, cuyos importes son determinados por el API“, fundamentó.

A su turno el Dr. Dr. Ricardo Ceferino Degoumois  expresó que de acuerdo a la acusación, “de la cual oportunamente hemos intentado defendernos, se ha sostenido en cuanto a la calificación legal un concurso ideal con defraudación al Estado de Administración Pública. No he escuchado al señor fiscal en su alocución de la ley sobre el particular“, requirió.

Consecuentemente, esta defensa se va a defender de lo que ha sido materia de debate, esas circunstancias de la calificación de defraudación al  Estado en concurso ideal no ha sido expresado por el señor fiscal sobre el particular y con la ratificación que ha mencionado la señora de la querella“, sumó el matriculado. “Nosotros entendemos, señor juez, que el imputado no ha incurrido en absolutamente ninguna conducta típica que pueda hoy conllevar siquiera un análisis serio o convincente de una responsabilidad penal“, rechazó.

 

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