Se realizó en los Tribunales de Reconquista un procedimiento abreviado para Raúl Antonio Ramayo, con domicilio en Loteo Martelossi de esta ciudad.
El hombre estaba acusado de hechos de abuso sexual con acceso carnal a una menor de 13 años en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la guarda de la menor, esto en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravado por ser Cometido a víctima menor y por ser encargado de la guarda. Es de destacar que los hechos ocurrieron en la ciudad de Reconquista. Fue fiscal del caso la Dra. Georgina Díaz.
El acuerdo de parte fue refrendado por la Defensa Pública a cargo del Dr. Matías Dariuch y la jueza Dra. Claudia Graciela Bressan, que dio lugar al procedimiento abreviado. Ramayo va a continuar detenido en la Unidad Carcelaria de Santa Felicia.
Habló la fiscal
«Hoy se realizó el procedimiento abreviado en relación al señor Ramalyo por hechos cometidos en perjuicio de una niña menor de edad con el que tenía una relación intrafamiliar por ser este familiar de la abuela de la niña», describió la representante del MPA. Indicó la fiscal Díaz que los hechos ocurrieron tanto en el interior de ese domicilio, «como en el trayecto en el que Ramallo por su vinculo, la retiraba y la llevaba a la escuela a la niña», comentó.
Reveló la funcionaria judicial que la niña manifestó que se le exhibían videos de contenido sexual por parte de personas adultas o videos que eran vistos por adultos, “secuestramos el teléfono”, mencionó. En esa línea adujo la fiscal que varios de los hechos relatados por la menor fueron corroborados en la investigación. “Se escuchó a la niña en Cámara Gesell. Los elementos reunidos durante la investigación fueron contundentes para realizar la presentación de la requisitoria de acusación y previo a realizar la audiencia preliminar fue el imputado el que solicitó la aplicación de un procedimiento intermedio y un procedimiento abreviado”, remarcó Díaz.
Consentimiento
Mencionó la fiscal del caso que en esos momentos estaba presente la madre o la progenitora de la niña a quien se le consultó y se le explicó cuáles son las alternativas una vez presentada la requisitoria de acusación, “y entendió que la salida alternativa era la más adecuada para darle finalidad o para finalizar lo que es el proceso judicial, obtener una respuesta y no tener que seguir atravesando el proceso propiamente dicho y esperar a las audiencias de debate para dar esa finalización”, explicó.
Marcó que se solicitaron los avales correspondientes tanto a la Fiscalía Regional como a la Fiscalía General, “tanto por la escala penal como por el tipo de delito que se trata”, justificó.
Valoró la obtención de esos avales, “y en el día de hoy la doctora Bressan ha aprobado y ha condenado en nombre del Poder Judicial al señor Ramayo a la pena de 10 años de efectivo cumplimiento”, destacó.
Antes de concluir hizo notar que la calificación fue abuso sexual con acceso carnal en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante, “y ambos por la forma, los vínculos y demás situaciones particulares del hecho están calificados idealmente como promoción a la corrupción de una menor agravada por ser la víctima menor de 13 y por ser el acusado del encargado de la guarda en esos momentos”, desarrolló.




